Memorias de un 10%
Existen dos conceptos minuciosamente diferenciados: Actitud y Aptitud. El departamento de recursos humanos de cualquier empresa tendrá muy en cuenta a la hora de contratar a sus trabajadores que estos alcancen un equilibrio en torno a estos dos conceptos. Es decir, que el trabajador sea "Apto", que su preparación profesional esté a la altura de los requisitos para la correcta ejecución del trabajo y además, con "Actitud", que sea capaz de crearse una fama de persona honesta, conciliadora, responsable, perseverante, trabajadora y objetiva. En resumidas cuentas, que no se puede dar un puesto de profesora a una persona profesionalmente tan irregular, con tan poca responsabilidad. Los primeros afectados de un error de esa magnitud somos los alumnos. Nunca un profesor habia perdido uno de mis trabajos y me había pedido volverlo a entregar. Es curioso, pero es que tampoco ningún profesor había perdido los trabajos de toda mi clase y nos había pedido a todos que los volvieramos a entregar. Bajo mi punto de vista, la incompetencia tiene un límite y la universidad Antonio de Nebrija es una institución que no debe permitir que personas así la representen. No veo aceptable que me imparta ética periodística alguien que demuestra tan poca ética personal. No se puede expulsar de un examen a una persona, que lejos de cometer alguna infracción, ha preferido, sin dudar, llevar la honradez al frente de sus actos. Se plantea un debate entre dos términos: "impartir una materia" o "imponer una ley". No queremos aprender de usted.